PROTOCOLOS DE ACTUACION EN FUEROS CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL y PROCEDIMIENTO OTORGAMIENTO PODERES EN FUERO LABORAL

31 de julio de 2020
PROTOCOLO CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL DE LA NACION
RESOLUCION N° 70/2020
- Los magistrados del fuero se encuentran autorizados a organizar la prestación de servicios presencial, mediante convocatoria rotativa de los agentes para garantizar dicha prestación, debiendo atender a las licencias de los puntos 5° y 7° de la Acordada 4/20.
Teniendo en cuenta que debe garantizarse la observancia de las distancias mínimas a guardar en los espacios de trabajo, se considerará como número máximo permitido para dicha convocatoria, por secretaría de cada juzgado de primera instancia, el de 5 personas (incluyendo en ese número a los funcionarios – secretario y prosecretario- de cada secretaria).
Las oficinas que dependen de la Cámara también deberán respetar ese número de personal convocado.
Las salas de la Cámara, en atención a la mayor disposición de espacio físico con que cuentan, podrán funcionar con la dotación de personal necesaria – en modo presencial- que demande la adecuada prestación del servicio de justicia con las limitaciones derivadas del respeto de la distancia social.
Aquellos que se desempeñan como secretarios privados o relatores, y el personal de maestranza en ambas instancias, podrán ser llamados a prestar tareas de modo presencial de acuerdo a las necesidades funcionales, respetando la rotación correspondiente. El resto del plantel que compone cada tribunal dependencia deberá realizar sus tareas de manera remota.
- Teniendo en cuenta la prevalencia del trabajo a distancia, se vuelve imprescindible disponer de los elementos tecnológicos para hacerlo efectivo. Por tanto, se requerirá al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación la provisión de notebooks, scanners y la implementación de una red wi-fi a la que se tenga acceso con un nivel de conectividad satisfactorio, así como el acceso a una plataforma tal como “Zoom” o “Meet” para llevar a cabo audiencias en forma virtual, habida cuenta de que las salas de audiencias disponibles no permiten guardar distancia social.
- En función del mantenimiento de las limitaciones en la atención al público y la recomendación de uso prioritario de medios tecnológicos y el trabajo remoto, los actos procesales que ineludiblemente deban ser realizados en forma presencial, deberán ser autorizados previamente por cada tribunal, a cuyo efecto los letrados y litigantes deberán formular la solicitud pertinente en el sistema LEX100, mediante una presentación en el expediente que se trate , en el que habrán de expresarse las razones que justifiquen dicho pedido. La atención al público en dichos casos se extenderá desde las 9:30 a 13:30 horas.
- Teniendo en cuenta que la única modalidad habilitada es la presentación digital, la escasez de insumos que se verifica en los Tribunales y la necesidad – en algunos casos- de imprimir presentaciones para su mejor consideración y despacho, el Tribunal se ve obligado a exhortar a los profesionales a que formulen sus escritos con la extensión estrictamente necesaria, evitando reiteraciones o contenidos superfluos. Asimismo, se los insta a que los escritos sean subidos al sistema en un solo PDF, y los documentos e otro único PDF – en tanto permita la cantidad y extensión-, como modo de facilitar la consulta y lectura de las actuaciones digitales por parte de todos los operadores del sistema.
- Solicitudes de carta de ciudadanía: se habilitan 22 casillas de e-mail una por cada secretaria de cada juzgado- para que los trámites se canalicen – como principio- exclusivamente por esa va. Asimismo, se publicaran números telefónicos de contacto para el caso de personas que no contaran con dirección de e-mail, los que serán exhibidos junto con las direcciones de correo electrónico en la PB de Liberad N°731. Para la iniciación e cartas de ciudadanía, la Oficina de Asignación de Causas también cotara con una dirección de mail específica y un número telefónico de contacto, que serán publicadas y exhibidos en el acceso a dicha oficina. Por esos medios se asignaran los turnos para concretar la iniciación de dichos expedientes en el horario de 8:30 a 13:30 horas. Las nuevas cartas de ciudadanía, una vez iniciadas, se receptaran en la Mesa Receptora de Causas sita en la PB de Libertad N°731. Los trámites en los cuales los peticionarios actuaran a través de letrado apoderado o patrocinante, se llevaran adelante por medio del sistema LEX100. En el supuesto de actos que requieran la presencia del interesado – tales como el acto de jura y retiro de testimonios- la concurrencia se concretara previa concesión de un turno al efecto.
Todo ello, sin perjuicio de otras medidas que pudieran disponerse en el futuro con arreglo a la evolución de la situación.
PROTOCOLO DE OTORGAMIENTO DE PODERES EN EL FUERO LABORAL
Resolución Nº34
Para otorgar un poder el actor deberá completar el instrumento que le entregue su letrado y deberá:
- Indicar el profesional
- Indicar el objeto del proceso
- Indicar a los demandados
- Obtener una fotocopia y/o escaneo de anverso y reverso del DNI
- Firmar este documento.
- Obtenerla firma y sello del letrado en el instrumento (prestará caución juratoria en torno a la veracidad de los datos y autenticidad del DNI).
Debe crearse un único archivo PDF con esta documentación.
El letrado deberá:
- Acreditar que hizo entrega del instrumento o prestar declaración jurada que lo hizo.
- Completar la minuta poder.
El instrumento deberá ser ratificado ante el juzgado interviniente en oportunidad de la primera audiencia a la que el actor resulte citado de manera personal.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA CÁMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
RESOLUCIÓN 23/2020
La Superintendencia del Tribunal, firmó el protocolo para el funcionamiento de los tribunales del fuero destacando la priorización del empleo de herramientas digitales que permitan el control, seguimiento y tramitación remota de los expedientes.
En los casos en que fuera estrictamente necesario, los escritos en soporte papel serán recibidos – solo para juzgados de primera instancia – por las Mesas Receptoras ubicadas en los edificios de las calles Tucumán y Paraguay.
Se recuerda también que se encuentran a disposición los correos electrónicos oficiales de todos los juzgados tanto para atender consultas como para solicitar turnos a efectos de que los letrados litigantes asistan a los tribunales de manera presencial.
Finalmente, se dieron a conocer las siguientes instrucciones para el ingreso y estadía en los edificios:
- Uso de tapabocas en todo momento;
- Toma de temperatura corporal previo al ingreso;
- Los ascensores podrán ser utilizados por una (1) persona en el edificio de Tucumán 1381 y dos (2) en Paraguay 923;
- El mantenimiento de la distancia social e higiene frecuente tanto de manos como de superficies de contacto.