LIBRO SEGUNDO TITULO VI Capítulo 4° ADOPCION. JUICIO DE ADOPCION
El Libro Segundo trata las Relaciones de Familia. En el Título VI se legisla sobre LaAdopción. En el Capítulo 4°se tratae Juicio de adopción.
LIBRO SEGUNDO
RELACIONES DE FAMILIA
TITULO VI
Adopción
CAPITULO 4
Juicio de adopción
ARTICULO 615.- Competencia. Es juez competente el que otorgó la guarda con fines de adopción, o a elección de los pretensos adoptantes, el del lugar en el que el niño tiene su centro de vida si el traslado fue tenido en consideración en esa decisión.
ARTICULO 616.- Inicio del proceso de adopción. Una vez cumplido el período de guarda, el juez interviniente, de oficio o a pedido de parte o de la autoridad administrativa, inicia el proceso de adopción.
ARTICULO 617.- Reglas del procedimiento. Se aplican al proceso de adopción las siguientes reglas:
- a) son parte los pretensos adoptantes y el pretenso adoptado; si tiene edad y grado de madurez suficiente, debe comparecer con asistencia letrada;
- b) el juez debe oír personalmente al pretenso adoptado y tener en cuenta su opinión según su edad y grado de madurez;
- c) debe intervenir el Ministerio Público y el organismo administrativo;
- d) el pretenso adoptado mayor de diez años debe prestar consentimiento expreso;
- e) las audiencias son privadas y el expediente, reservado.
ARTICULO 618.- Efecto temporal de la sentencia. La sentencia que otorga la adopción tiene efecto retroactivo a la fecha de la sentencia que otorga la guarda con fines de adopción, excepto cuando se trata de la adopción del hijo del cónyuge o conviviente, cuyos efectos se retrotraen a la fecha de promoción de la acción de adopción.