LA AFIP SUSPENDE EL INICIO DE JUICIOS DE EJECUCIÓN FISCAL HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2020. EMERGENCIA SANITARIA COVID – 19

4 de Junio de 2020
Resolución General 4730/2020. AFIP. Suspensión de ejecuciones fiscales. Fecha de entrada en vigencia: 4/6/2020. Ir al texto de la norma.
En virtud de que mediante la Acordada N° 17/20 Corte Suprema de Justicia de la Nación habilitó el levantamiento de la feria judicial extraordinaria dispuesta por la Acordada N° 6/20 -y extendida por las Acordadas Nros. 8, 10, 13, 14 y 16 del corriente año-, respecto de ciertos tribunales federales con sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del citado aislamiento, la AFIP estimó necesario tomar medidas con relación a la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias.
En consecuncia dispuso suspender la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de la AFIP hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a su cargo.