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ACTUALIDAD NORMATIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA PANDEMIA COVID – 19

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ACTUALIDAD NORMATIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA PANDEMIA COVID – 19

6 de julio de 2020

Decisión Administrativa 1183/2020. Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Fecha de entrada en vigencia: 06/07/2020. Ir al texto de la norma.

Se incorporan las recomendaciones del Comité que se detallan a continuación:

Incorporar al ATP a los servicios de transporte interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional para los salarios devengados en mayo y junio del corriente, en tanto se trate de empresas que desarrollan como actividad principal al 12 de marzo de 2020 alguna de las incluidas en las Actas del Comité conformadas por las Decisiones Administrativas que fueron emitidas hasta la fecha.

Se extiende el beneficio de créditos a tasa cero no sólo la situación de la facturación en los términos de los Apartados 3 y 5 de las Actas Nros. 4 (12 de marzo y 12 de abril) y 6 (20 marzo y 19 abril 2020), respectivamente, para cada posible beneficiario, sino también la situación de la facturación respecto de los meses posteriores a los allí contemplados.

Resolución 2/2020. ANSES. Subdirección Ejecutiva de Operaciones del FGS. Fecha de entrada en vigencia 06/07/2020. Ir al texto de la norma.

Se aprueba la suspensión del pago de las cuotas para los créditos vigentes por los meses de julio y agosto de 2020 del Programa “Créditos ANSES”, período durante el cual los beneficiarios alcanzados por esta medida no podrán solicitar el otorgamiento de nuevos créditos del Programa Créditos ANSES, debiéndose adoptar los recaudos operativos necesarios para su implementación.

Asimismo se establece que en los créditos otorgados a titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignaciones Familiares (SUAF) la suspensión de cuotas antes mencionada, dependerá que el menor por el cual se percibe la prestación no alcance durante ese lapso, la edad de 18 años, salvo discapacidad del menor, teniendo en cuenta que el cobro de dicho beneficio se establece hasta la mayoría de edad, conforme lo establecido en el artículo 7° y 14 bis de la Ley de Asignación Familiar N°24.714, en cuyo supuesto no se aplicará dicha medida, aún si se ha otorgado con la inclusión de otros hijos menores de edad.

La suspensión del cobro cuota para los créditos del Programa “Créditos ANSES” quedará sujeta a la fecha de vencimiento del beneficio que perciben los titulares de prestación por Invalidez.

Y por último, la presente Resolución establece exceptuar del límite de edad máxima establecido en las condiciones de acceso a los créditos que se considera para los beneficiarios a la fecha de finalización del pago de los préstamos, a los tomadores que se encuentren alcanzados por la suspensión del cobro de cuotas, según sean titulares de prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Prestaciones No Contributivas de Vejez, Invalidez y Madres de más de Siete (7) Hijos (PNC) y Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM).

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