ACTUALIDAD NORMATIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA PANDEMIA COVID – 19

Días 31 de mayo y 1° de junio de 2020
Decisión Administrativa 941/2020. Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Fecha de entrada en vigencia: 31/05/2020. Ir al texto de la norma.
Se exceptúa del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a las actividades y servicios vinculados a la realización de auditorías y emisión de certificados de seguridad en instalaciones que produzcan y/o comercialicen combustibles y derivados de hidrocarburos.
Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades y servicios por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, y su desplazamiento deberá limitarse exclusivamente a cumplir las actividades o servicios exceptuados.
Decisión Administrativa 942/2020. Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Fecha de entrada en vigencia: 31/05/2020. Ir al texto de la norma.
La presente norma exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades y servicios en la Provincia de Buenos Aires, según la siguiente jurisdicción:
- San Miguel: Metalurgia, Maquinaria y Equipos, Gráfica, Ediciones e Impresiones.
- San Isidro: Fabricación de indumentaria – Fabricación de bicicletas y motos – Fabricación de calzado – Fabricación de cerámicos – Fabricación de madera y muebles – Fabricación de plásticos y subproductos – Fabricación de productos electrónicos y electrodomésticos – Fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos – Gráfica, ediciones e impresiones – Industria automotriz y autopartes.
- San Fernando: Industria naval liviana y actividad de mantenimiento esencial de embarcaciones en clubes y guarderías náuticas.
- La Plata: Fabricación de Indumentaria.
- Ituzaingó: Fabricación de calzado y de sus partes.
- Hurlingham: – Cerámicos – Plásticos y subproductos – Celulosa y papel – Química y petroquímica – Bicicletas y motos – Neumáticos – Manufactura de cuero – Cemento – Juguetes – Madera y muebles – Electrónica y electrodomésticos – Calzado – Indumentaria – Automotriz y autopartes.
- General Rodríguez: Fabricación y armado de bicicletas y motos. Fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos Industria automotriz y autopartes. Fabricación de plásticos y subproductos. Fabricación de productos textiles
- Berazategui: Automotriz y autopartes – Gráfica, Ediciones e Impresiones – Madera y Muebles
Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
Disposición 104/2020. Ministerio de Justicia Y Derechos Humanos. Fecha de entrada en vigencia: 31/05/2020. Ir al texto de la norma.
Se extiende hasta el 31 de julio 2020 la actividad de los Registros Seccionales exclusivamente con la modalidad de turnos web y bajo estrictas medidas sanitarias, evitando los conglomerados de personas.
Se autoriza a emitir Certificados de Antecedentes Penales a los siguientes registros: Adrogué N°1, San Pedro N°1, Tres de Febrero N°4, Zárate N°2,Ituzaingó N°1 (provincia de Buenos Aires), Moreno N°5, Ituzaingó N°4 (provincia de Buenos Aires), Hurlingham N°3, Pilar N°5, Catamarca N°2, Comodoro Rivadavia N°3, Bell Ville N°1, Cosquín N°1, Marcos Juárez N°1, Santa Rosa del Río N°1, Río Cuarto N°2, Córdoba N°10, General Cabrera, Alvear (provincia de Corrientes), Apóstoles, Río Colorado, General Roca N°2, Cipoletti N°2, San Juan N°5, Villa Mercedes N°1, Coronda, Chañar Ladeado, Venado Tuerto N°2, Rosario N°12, Santa Fe N°5 y San Jorge “A”.
Prorrógase la vigencia de las matrículas de Mandatarios con vencimiento entre los días 20 de marzo de 2020 y 30 de julio de 2020, hasta el día 31 de julio de 2020 y la vigencia de las inscripciones en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas (RUDAC) con vencimiento entre los días 20 de marzo de 2020 y 30 de julio de 2020, hasta el día 31 de julio de 2020.
Resolución 28/2020. Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Minería. Fecha de entrada en vigencia: 31/05/2020. Ir al texto de la norma.
Se prorroga la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley Inversiones Mineras N° 24.196, desde el día 26 de mayo de 2020 y hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive.
También, por igual período, se suspende el cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias, en el marco de los trámites instados en virtud de la Ley Inversiones Mineras, sin perjuicio de otros plazos cuya determinación corresponda a otras jurisdicciones ajenas a esta Secretaría, los que continuarán su curso normal salvo que la Autoridad Competente disponga lo contrario.
Asimismo se establece que la suspensión de plazos dispuesta a partir del dictado de la Resolución Nº 8/20 de la Secretaría de Minería y sus sucesivas prórrogas, incluyendo la presente, no obsta a la plena validez y ejecutoriedad de los actos, diligencias y demás trámites practicados o aquellos que se practiquen en lo sucesivo en la órbita de la mencionada Secretaría y sus dependencias competentes.
Y en lo sucesivo, de disponerse nuevas prórrogas de la medida dispuesta por el Decreto Nº 297 y sus modificaciones respecto del “Aislamiento Social preventivo y Obligatorio”, la presente medida quedará prorrogada en idénticos términos que los aquí establecidos, durante las mismas fechas que el Poder Ejecutivo Nacional establezca.
Por ello, se hace saber que se podrá utilizar la plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), para efectuar presentaciones en aquellos trámites que se encuentran habilitados en formato electrónico a la fecha de la presente resolución.
Resolución General 4729/2020. AFIP. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Trabajadores Autónomos. Crédito a Tasa Cero. Fecha de entrada en vigencia: 31/05/2020. Ir al texto de la norma.
Se sustituye el inciso a) del artículo 2º de la Resolución General Nº4.707/2020[1], por el siguiente:
“a) Ingresar, entre los días 4 de mayo y 30 de junio de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”.”
Resolución 321/2020. Dirección Nacional de Vialidad. Fecha de entrada en vigencia: 31/05/2020. https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/230002/20200531.
Se suspende el cobro de peaje en el Contrato de Concesión del Corredor Vial Nº 4; en el Corredor Vial N°18; en los Accesos Norte y Oeste a la Ciudad de Buenos Aires; en los Corredores Viales otorgados en concesión a Corredores Viales S.A.; y en la contraprestación por tránsito de los Contratos PPP de los Corredores Viales “A”, “B”, “C”, “E”, “F” y “SUR”.
La presente medida tendrá efectos a partir de su notificación a las empresas Concesionarias y Contratistas PPP.
Resolución General 4728/2020 – ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS- Fecha de entrada en vigencia: 01/06/2020. Ir al texto de la norma.
Se establece
que por el plazo de 60 días corridos, aquellos exportadores que se encuentren
inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(MiPyMEs), y que presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o
de la seguridad social ante la Administración Federal de Ingresos Públicos,
puedan utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”, en los
términos de la Resolución General Nº 3.885 y sus modificatorias, con respecto
al pago de los derechos de exportación.
[1] a) Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”.