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ACTUALIDAD NORMATIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA PANDEMIA COVID – 19

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ACTUALIDAD NORMATIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA PANDEMIA COVID – 19

8 de mayo de 2020

Decisión Administrativa 745/20 – Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Fecha de entrada en vigencia: 08/05/2020. Ir al texto de la norma.-

Se decidó exceptuar del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular al personal afectado a la realización de obras privadas, que se realicen con no más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el mismo lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento, en los aglomerados urbanos de Gran Santa Fe y Gran Rosario, pertenecientes a la Provincia de Santa Fe.

Dicha excepción para el ejercicio de la actividad quedará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales.

En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por la presente decisión deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades, servicios y profesiones exceptuados por la presente.

Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.

Para ello, los mismos deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.

Resolución 407/2020 – Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Fecha de entrada en vigencia: 09/05/2020. Ir al texto de la norma.-

La presente Resolución exceptúa de la suspensión de los plazos administrativos establecida por el Decreto N°298/20, a los procesos licitatorios que el titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA considere pertinentes, referidos a servicios de mantenimientos informáticos y edilicios preventivos y correctivo, locaciones de inmuebles, servicios de fumigación y de limpieza y adquisición de insumos y bienes en función a las necesidades del Organismo.-

Disposición 7/2020 – Subsecretaría de Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Fecha de entrada en vigencia: 08/05/2020. Ir al texto de la norma.-

Apruébase la “Guía para la Realización de Mediaciones a Distancia”, la cual forma parte integral de la presente y se encuentra anexada en el link de la norma.-

En términos generales, dicha guía establece la posibilidad de llevar a cabo las mediaciones de manera virtual durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio. La mediación solo podrá ser realizada por convenio expreso de las partes, y será solicitada al Mediador vía correo electrónico, debiéndose asegurar éste que las partes tengan los medios tecnológicos para poder llevar a cabo la audiencia de mediación. Previo a la realización de la audiencia, las partes deberán realizar el pago de los gastos de mediación por medio de transferencia bancaria, así como también el envío de los documentos que acrediten la personería e identidad de los participantes.

Las partes deberán contar con representación letrada quien deberá estar conectada durante toda la audiencia.

El Mediador deberá consignarse en el Acta MEPRE y en el Acta deberá consignarse que la misma se realiza bajo la modalidad “REALIZADA BAJO LA MODALIDAD A DISTANCIA”. Al momento de firmar el acta, las partes deberán volver a exhibir la documentación enviada al momento de solicitar la audiencia.

Las mediaciones no podrán finalizar por causa de incomparecencia.-

Resolución 144/2020. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Fecha de entrada en vigencia: 08/05/2020. Ir al texto de la norma.-

La pandemia de coronavirus podría provocar un posible crecimiento exponencial de la generación de residuos patológicos en los centros de atención a la salud de personas infectadas por Covid-19. Por dicho motivo se autoriza a los Operadores de Residuos Peligrosos inscriptos en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos a realizar operaciones de eliminación de residuos peligrosos  mediante la tecnología de incineración.

A tal fin  los Operadores deberán dar previa comunicación a la COORDINACION DE RESIDUOS PELIGROSOS del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE al correo electrónico simel@ambiente.gob.ar, identificando al generador, cantidad de residuos tratados y número de Manifiesto, debiendo contar asimismo con Certificado Ambiental Anual vigente y sus sectores de acopio transitorio deberán cumplir con las condiciones establecidos por la Resolución N° 177 de fecha 11 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Se invita a las Provincias y a C.A.B.A a adherir a las disposiciones de la resolución.


Resolución 262/2020. Ministerio de Desarrollo Social. Fecha de entrada en vigencia: 08/05/2020. Ir al texto de la norma.-

Se autoriza a aquellos progenitores o persona adulta responsable a ingresar con sus hijos o niños que se encuentren a su cargo, de hasta 12 años, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable.-

Resolución 442/2020 – Ente Nacional de Comunicaciones. Fecha de entrada en vigencia: 08/05/2020. Ir al texto de la norma.-

Por medio de la presente resolución se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020, las medidas dispuestas mediante la Resolución NºRESOL-2020-300-APN-ENACOM#JGM[1] por medio de la cual se otorgó de licencia excepcional a los trabajadores de dicho organismo.-

Asimismo se prorroga la suspensión del curso de los plazos en los procedimientos administrativos hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

Resolución 455/2020 – Ente Nacional de Comunicaciones. Fecha de entrada en vigencia: 08/05/2020. Ir al texto de la norma.-

La presente norma prorroga hasta el 12 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia del plazo para cumplimentar por parte de las empresas prestadoras de los servicios de telefonía fija, móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, con las obligaciones detalladas en el Artículo 1° -puntos 1° y 2°- de la Resolución N°367/2020 de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.-


[1] Otorgar, a partir de la fecha, licencia excepcional por el término 14 días corridos, a grupos poblacionales; a quienes padezcan distintas afecciones y a todos los trabajadores y trabajadoras que se encuentren comprendidas en las previsiones del Artículo 7° del Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 licencia preventiva.-

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